Poderes limitados
¿Cómo actuar si un apoderado de su empresa se excede en sus atribuciones?
 
                                        
                        Es habitual que las empresas otorguen poderes limitados a empleados de confianza, para que puedan firmar compras y ventas de mercancías hasta ciertos límites, u otras operaciones del día a día. Vea qué sucede si dicho apoderado se excede en sus atribuciones:
- Su empresa igualmente quedará vinculada por lo firmado, ya que en el tráfico mercantil se prima la agilidad. Eso sí: siempre que la otra parte haya actuado de buena fe, confiando en que firmaba con una persona que tenía poderes suficientes.
- Respecto a los poderes, puede revocarlos en cualquier momento.
- Y en cuanto a la relación laboral con el apoderado, el empleado habrá vulnerado el principio de la buena fe contractual, y ello justificaría por sí solo el despido disciplinario. No obstante, si usted ya hubiese consentido estos “excesos” en otras ocasiones, o no hubo mala fe ni daño para la empresa, plantéese una medida menos lesiva (como una suspensión de empleo y sueldo, por ejemplo) y advierta al trabajador de que, si la conducta se repite, procederá a su despido disciplinario.
Si quiere agilizar su día a día dando poderes a algún empleado, nuestros profesionales le indicarán cómo hacerlo y le asesorarán en caso de que se produzcan incidencias en su utilización.
 
                             Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.
                                Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.